Alimentos
Nuestro estudio jurídico se ha especializado en otorgar a sus clientes asesorías legales y tramitaciones judiciales en materia de alimentos. Los alimentos pueden ser Mayores y/o Menores. Los primeros son los que se deben por un cónyuge al otro y los segundos son los que debe el padre o madre que no tiene el cuidado personal de los hijos para la manutención de éstos.
Nuestra competencia en Derecho de alimentos abarca:
- a.- Demanda y/o contestación de demanda de alimentos.
- b.- Demanda y/o contestación de demanda de aumento de alimentos.
- c.- Demanda y/o contestación de demanda de rebaja de alimentos.
- d.- Demanda y/o contestación de demanda de cese de alimentos.
- e.- Incumplimientos, liquidación y apremios (sanciones) en materia de alimentos.
¿Qué se debe probar en el juicio de alimentos?
- -El vínculo de parentesco con el demandado: mediante certificado de nacimiento o libreta de matrimonio.
- -Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus respectivos comprobantes de los gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.
- -La capacidad económica y patrimonial del demandado: mediante liquidaciones de sueldo, declaración de impuesto a la renta, boletas de honorarios y antecedentes de su patrimonio o declaración jurada. Si se ocultan las fuentes de ingreso o se presentan antecedentes falsos, se arriesga a sanciones con penas de prisión.
DEFENSA DE ALIMENTOS
Debe tenerse presente que, en casi la totalidad de demandas de alimentos, en especial cuando se trata de alimentos solicitados por o en favor de un hijo/a, el tribunal decretará de inmediato a la presentación de la demanda, un monto en dinero por concepto de Alimentos Provisorios, los cuales, una vez notificados, sólo pueden ser reclamados por el demandado en plazo fatal de 5 días, por lo que, la rapidez y eficiencia en la interposición de las acciones legales es vital para un buen resultado. Nuestro estudio se ha especializado en generar oposiciones a los alimentos provisorios rápidas y de calidad, con miras en la obtención de rebajas cuando éstas sean necesarias y se encuentren conformes con nuestra legislación.
Además, contamos con amplia experiencia en contestaciones de demanda de alimentos y ofrecemos la posibilidad de solicitar régimen de relación directa y regular (visitas) entre el padre demandado de alimentos y su hijo/a, cuando éste tiene problemas para participar en la vida y desarrollo del hijo menor de edad, siempre y cuando se cumplan con los requisitos legales que permitan la obtención de las visitas.